Si tiene deudas y no sabe c??mo salir de ellas, tenga en cuenta que en Colombia existe un mecanismo poco conocido para que las personas naturales normalicen su situaci??n financiera antes de llegar a un embargo.??
(Lea:??
Errores que arruinan su puntaje en Datacr??dito: vea c??mo salir de un reporte negativo
).
Se trata de la ley de insolvencia que tambi??n es ampliamente usada en procesos empresariales , pero que puede ser utilizada por personas del com??n para evitar una quiebra.
Tal y como ocurre con las empresas, este mecanismo permite a los ciudadanos sobreendeudados y con dificultades de pagar reorganizar sus obligaciones.
Tenga en cuenta que este 'salvavidas' se solicita en notar??as o centros de conciliaci??n y ofrece beneficios como congelar embargos y reestructurar deudas bajo supervisi??n.??
??Qui??nes pueden acceder?
La ley establece ciertos requisitos para acceder a este mecanismo, entre ellos ser persona natural no comerciante o comerciante que este inscrito en el registro mercantil con activos totales que sean inferiores a 1.000 SMMLV (excluyendo la vivienda familiar y el veh??culo que se utiliza como instrumento de trabajo).
(Vea: El Monedero: salario m??nimo, una decisi??n macroecon??mica con impacto en su bolsillo ).
Tambi??n pueden acceder a este recurso quienes tengan dos o m??s acreedores diferentes con?? obligaciones en mora de m??s de 90 d??as, o que en su contra cursen dos o m??s procesos en instancias judiciales o administrativas.
Tenga en cuenta que se requiere que el valor total de sus obligaciones vencidas represente m??s del 30% de todas sus deudas.??
Tr??mite
La solicitud para iniciar el tr??mite de insolvencia de persona natural no comerciante y peque??o comerciante debe presentarse a trav??s de la p??gina web del Centro de Arbitraje y Conciliaci??n, opci??n "insolvencia".
El tr??mite debe contener la siguiente informaci??n:
- Causas de la cesaci??n de pagos (por ejemplo: enfermedad, desempleo, divorcio, etc.).
Propuesta de pago.
- Relaci??n completa y actualizada de todos los acreedores, en mora y al d??a, identificando su prelaci??n de cr??dito conforme a lo establecido en el C??digo Civil e indicando datos de contacto (direcci??n, correo, tel??fonos), la cuant??a de la deuda diferenciando el capital de los intereses, la naturaleza de los cr??ditos, si existen codeudores, fiadores o avalistas. En caso de no conocer alguna informaci??n, el deudor deber?? expresarlo.
- Relaci??n completa y detallada de sus bienes, en el pa??s y en el exterior.
- Manifestar si tiene procesos judiciales o administrativas, de car??cter patrimonial que cursen en contra o a favor del deudor.
- Certificaci??n de ingresos expedida por el empleador o manifestaci??n de ingresos.
- Monto de recursos disponibles para el pago de las deudas.
- Manifestaci??n de la existencia o no de sociedad conyugal o patrimonial.
- Discriminaci??n de obligaciones alimentarias a cargo.
- Una discriminaci??n de obligaciones alimentarias a su cargo, indicando cuant??a y beneficiarios y anexando el certificado del Registro Deudores Alimenticios Morosos REDAM
- Constancia de su matr??cula mercantil, en caso de el solicitante sea peque??o comerciante.??
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